La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), mediante la Resolución N.º 262/AGIP/26, dispuso la incorporación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Registro Único Tributario – Padrón Federal (RUT) para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan bajo el régimen del Convenio Multilateral.

La medida comenzará a regir a partir del 1° de agosto de 2026 y tiene como objetivo simplificar y unificar la gestión de los datos registrales de los contribuyentes.

¿Qué es el Registro Único Tributario – Padrón Federal?

Se trata de un sistema administrado en forma conjunta por ARCA, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y las jurisdicciones adheridas, que centraliza la información registral de los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral.

¿Qué cambia para los contribuyentes?

Desde el 1° de agosto:

  • Los contribuyentes con sede en la Ciudad de Buenos Aires que tributan por Convenio Multilateral serán incorporados al Registro Único Tributario – Padrón Federal.
  • Quienes ya se encuentren inscriptos serán incorporados de oficio, utilizando la información actualmente registrada.
  • Será responsabilidad de cada contribuyente verificar que los datos sean correctos y, de ser necesario, actualizarlos mediante el servicio Sistema Registral de ARCA.

Trámites que deberán realizarse a través del RUT

A partir de su implementación, el Registro Único Tributario será el único canal habilitado para realizar:

  • Inscripciones.
  • Modificaciones de datos registrales.
  • Altas y bajas de jurisdicciones.
  • Cese parcial o total de actividades.
  • Transferencias de fondo de comercio.
  • Fusiones y escisiones.

Acceso al sistema

Los trámites deberán realizarse ingresando al Sistema Registral de ARCA, utilizando la CUIT y la Clave Fiscal con el nivel de seguridad correspondiente.

La información declarada tendrá carácter de declaración jurada y podrá ser verificada por AGIP, ARCA, las administraciones tributarias adheridas y la Comisión Arbitral.

Constancia de inscripción unificada

Los contribuyentes también podrán obtener una constancia de inscripción unificada, consultar altas, bajas y modificaciones de sus datos directamente desde el sistema.

Vigencia

La Resolución N.º 262/AGIP/26 entra en vigencia el 1° de agosto de 2026