La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo marco normativo para la emisión y entrega del Certificado de Trabajo, incorporando su modalidad digital mediante la Resolución General 5848/2026, publicada el 15 de mayo de 2026.

¿Qué cambia con esta resolución?

A partir de esta normativa, el certificado previsto en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo podrá:

  • Emitirse en formato digital o físico
  • Estar disponible online para el trabajador
  • Generarse exclusivamente a través del sistema “Simplificación Registral”

Esto se alinea con lo dispuesto por la Ley N° 27.802, que promueve la modernización laboral y la digitalización de trámites.


Emisión del certificado

El empleador deberá confeccionar el certificado mediante el sistema disponible en el sitio web de ARCA, utilizando Clave Fiscal (nivel 2 o superior).

Se generará el formulario:

  • F.984 – Certificado de Trabajo Artículo 80 LCT

Modalidades disponibles:

1. Formato digital

  • Se emite electrónicamente
  • No requiere firma digital del empleador
  • El trabajador accede a través del servicio “Trabajo en Blanco”

2. Formato físico

  • Se imprime por duplicado
  • Debe estar firmado por empleador y trabajador
  • Se entrega en el establecimiento laboral

Información utilizada

El certificado se confecciona automáticamente con datos provenientes de las bases de ARCA, incluyendo:

  • Altas y bajas laborales
  • Remuneraciones declaradas
  • Aportes y contribuciones a la seguridad social

En caso de períodos anteriores a julio de 1994, el empleador deberá completar la información manualmente según sus registros históricos.


Acceso del trabajador

Los trabajadores podrán acceder a sus datos laborales y certificados a través del servicio “Trabajo en Blanco”, donde también podrán:

  • Consultar su situación registral
  • Descargar la constancia del trabajador
  • Obtener el Certificado Digital de Ingresos Laborales (CDIL)
  • Visualizar el certificado de trabajo emitido
  • Reportar irregularidades mediante el “Buzón de Observaciones”

Principales modificaciones normativas

La resolución también introduce cambios importantes en el esquema vigente:

  • Se deroga la Resolución General N° 2.316
  • Se modifica la Resolución General N° 3.676
  • Se elimina el Título III de la Resolución General N° 5.250

Además, se establece que toda referencia a AFIP deberá entenderse realizada a ARCA.


Vigencia

Las disposiciones entran en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.


Conclusión

La Resolución General 5848/2026 marca un avance significativo en la digitalización de las obligaciones laborales, simplificando procesos tanto para empleadores como para trabajadores y garantizando un acceso más ágil y transparente a la información.