Son los trámites que debés realizar para solicitar un permiso para colocar carteles publicitarios que puedan ser percibidos en o desde el espacio público y realizados o no con fines comerciales.

A continuación, se detallan las pautas para tramitar permisos de cartelería y publicidad simple y lumínica, de acuerdo con lo establecido por la Ley N.° 2.936 y su normativa complementaria.

Tipos de dispositivos publicitarios

  • Medianeras
  • Estructuras sobre terrazas
  • Columna en interior de predio
  • Telones de obra publicitarios
  • Vallados de obra
  • Toldos
  • Marquesinas
  • Carteles salientes
  • Carteles frontales
  • Indicador de servicios
  • No existen otras formas de publicidad permitidas en la Ciudad.

Documentación requerida

Para iniciar la solicitud del permiso, se deberá presentar:

  • Plano del dispositivo y su emplazamiento
  • Constancia de inscripción en ARCA (o el organismo que en el futuro la reemplace)
  • Seguro de responsabilidad civil vigente, indicando compañía aseguradora
  • DNI del propietario, o estatuto social si se trata de una persona jurídica
  • Certificado de encomienda profesional
  • Croquis del dispositivo

Procedimiento

Con la documentación indicada, el trámite puede iniciarse a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), accediendo con usuario y clave MiBA nivel 2 o 3 y seleccionando el trámite “Dispositivo publicitario”. Posteriormente, deberá completarse el checklist requerido en el sistema.

Una vez obtenido el permiso, deberá contribuir con lo que indica la  Ley Tarifaria vigente y mantener sus obligaciones al día.