La Resolución General 5777/2025 , aprobada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y publicada en el Boletín Oficial, introduce modificaciones significativas al régimen de facilidades de pago para deudas fiscales.
Principales cambios
*Se amplía el plazo de inclusión de obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2025, en lugar del 30 de abril anterior.
*Se reduce el pago inicial (anticipo) para personas humanas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud a tan solo 5 %. Para medianas empresas tramos 1 y 2 el anticipo baja al 10 %, y para el resto al 15 %.
*El régimen entra en vigencia el 3 de noviembre de 2025 y permite adhesiones hasta el 30 de diciembre de 2025.
Qué deben tener en cuenta:
*Algunas obligaciones siguen excluidas: retenciones previsionales, anticipos, montos vinculados al consumo de servicios, cuotas de planes vigentes y sanciones relacionadas con el régimen de equipaje.
*El trámite de adhesión se realiza únicamente a través del sistema “Mis Facilidades” con clave fiscal.
A continuación adjuntamos el texto completo de la norma para su consulta:

