La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General N.º 5876/2026, mediante la cual otorga un nuevo plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas.
La medida alcanza tanto a los contribuyentes del régimen general como a quienes se encuentran adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Nuevos vencimientos
Con esta resolución, ARCA modifica las fechas originalmente establecidas para el Impuesto a las Ganancias, mientras que los vencimientos correspondientes al Impuesto sobre los Bienes Personales permanecen sin cambios.
| Impuesto | Presentación | Pago |
|---|---|---|
| Ganancias – Personas Humanas (Período Fiscal 2025) | 27 de agosto de 2026 | 27 de julio de 2026 |
| Bienes Personales (Período Fiscal 2025) | 27 de julio de 2026 | 27 de julio de 2026 |
Formas de cancelar la obligación
ARCA recordó que los contribuyentes podrán cumplir con el pago mediante las siguientes modalidades:
- Volante Electrónico de Pago (VEP): deberá generarse desde el servicio con Clave Fiscal «Presentación de DDJJ y Pagos».
- Plan de Facilidades de Pago: excepcionalmente será posible adherir un plan antes de presentar la declaración jurada, ingresando manualmente los datos de la obligación en la opción «Validación de deuda».
- Compensación: podrá solicitarse mediante una Presentación Digital utilizando el trámite «Procesamiento o anulación de compensaciones».
Se reprograma el primer anticipo de Ganancias 2026
La resolución también modifica el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026, que originalmente operaba en agosto.
Las nuevas fechas son las siguientes:
| Terminación de CUIT | Vencimiento |
|---|---|
| 0, 1, 2 y 3 | 14 de septiembre de 2026 |
| 4, 5 y 6 | 15 de septiembre de 2026 |
| 7, 8 y 9 | 16 de septiembre de 2026 |
En resumen
La Resolución General N.º 5876/2026 introduce dos novedades importantes para las personas humanas:
- Prorroga hasta el 27 de agosto de 2026 la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias 2025.
- Reprograma para septiembre de 2026 el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.

