La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo marco normativo para la emisión y entrega del Certificado de Trabajo, incorporando su modalidad digital mediante la Resolución General 5848/2026, publicada el 15 de mayo de 2026.
¿Qué cambia con esta resolución?
A partir de esta normativa, el certificado previsto en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo podrá:
- Emitirse en formato digital o físico
- Estar disponible online para el trabajador
- Generarse exclusivamente a través del sistema “Simplificación Registral”
Esto se alinea con lo dispuesto por la Ley N° 27.802, que promueve la modernización laboral y la digitalización de trámites.
Emisión del certificado
El empleador deberá confeccionar el certificado mediante el sistema disponible en el sitio web de ARCA, utilizando Clave Fiscal (nivel 2 o superior).
Se generará el formulario:
- F.984 – Certificado de Trabajo Artículo 80 LCT
Modalidades disponibles:
1. Formato digital
- Se emite electrónicamente
- No requiere firma digital del empleador
- El trabajador accede a través del servicio “Trabajo en Blanco”
2. Formato físico
- Se imprime por duplicado
- Debe estar firmado por empleador y trabajador
- Se entrega en el establecimiento laboral
Información utilizada
El certificado se confecciona automáticamente con datos provenientes de las bases de ARCA, incluyendo:
- Altas y bajas laborales
- Remuneraciones declaradas
- Aportes y contribuciones a la seguridad social
En caso de períodos anteriores a julio de 1994, el empleador deberá completar la información manualmente según sus registros históricos.
Acceso del trabajador
Los trabajadores podrán acceder a sus datos laborales y certificados a través del servicio “Trabajo en Blanco”, donde también podrán:
- Consultar su situación registral
- Descargar la constancia del trabajador
- Obtener el Certificado Digital de Ingresos Laborales (CDIL)
- Visualizar el certificado de trabajo emitido
- Reportar irregularidades mediante el “Buzón de Observaciones”
Principales modificaciones normativas
La resolución también introduce cambios importantes en el esquema vigente:
- Se deroga la Resolución General N° 2.316
- Se modifica la Resolución General N° 3.676
- Se elimina el Título III de la Resolución General N° 5.250
Además, se establece que toda referencia a AFIP deberá entenderse realizada a ARCA.
Vigencia
Las disposiciones entran en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Conclusión
La Resolución General 5848/2026 marca un avance significativo en la digitalización de las obligaciones laborales, simplificando procesos tanto para empleadores como para trabajadores y garantizando un acceso más ágil y transparente a la información.

