Volverán los certificados de exclusión de IVA y Ganancias
ARCA, a través de la Resolución General 5655/2025, eliminó la suspensión de los certificados de exclusión del impuesto a las ganancias y al valor agregado para las operaciones de importación.
Esta medida significará una reducción en la carga tributaria para quienes importen insumos y productos.
Aquellas empresas que con sus percepciones de IVA y ganancias generen saldo a favor de manera permanente y un exceso de cumplimiento de esas obligaciones tributarias, podrán volver a solicitar el certificado de exclusión.
La norma deroga una serie de resoluciones que habían suspendido esta posibilidad para que las operaciones de importación que cumplieran con los requisitos.
Sobre las percepciones tributarias en importaciones
Estos regímenes fueron creados entre 2007 y 2010 y son aplicables a operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países y desde el área franca al territorio aduanero general, o especial, salvo que se encuentren exceptuadas. Estas normas establecían percepciones del 20% en el IVA y del 6% por Ganancias, aunque al mismo tiempo contemplaban certificados de exclusión para casos particulares.
¿Qué es un certificado de exclusión?
Es un documento emitido ARCA que permite a un contribuyente quedar exceptuado de ciertas percepciones o retenciones impositivas. En este caso, evita el pago anticipado de IVA y Ganancias en importaciones, cuando la empresa demuestra que dichos anticipos generan un saldo a favor que no podrá compensar en el corto plazo.