El Gobierno nacional oficializó el calendario de feriados 2025, que incluye los asuetos inamovibles, los trasladables y los días no laborables.
Importante modificación para tener en cuenta.
En el caso de los días no laborables puente, el descanso queda a discreción del empleador, y en caso de que se deba trabajar, no se cobra el doble como sucede en los feriados.
ENERO
1 – Año nuevo
MARZO
3 y 4 – Carnaval
24 – Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
ABRIL
2 – Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
18 – Viernes Santo
MAYO
1 – Día del trabajador
2 – Puente turístico no laborable
25 – Día de la Revolución de Mayo
JUNIO
16 – Paso a la Inmortalidad del General Martín Güemes
20 – Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
JULIO
9 – Día de la Independencia
AGOSTO
15 – Puente turístico no laborable
17 – Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín
OCTUBRE
12 – Día del Respeto a la Diversidad Cultural
NOVIEMBRE
21 – Puente turístico no laborable
24 – Día de la Soberanía Nacional
DICIEMBRE
8 – Día de la Inmaculada Concepción de María
25 – Navidad