Es para la liquidación anual por el período fiscal 2023

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pone a disposición de los empleadores el nuevo formulario F. 1357 “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” con las adecuaciones surgidas de normativas recientes para la liquidación de este tributo correspondiente al período fiscal 2023.

La nueva versión del F. 1357 se da tras la sanción de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, en la que se ratifica que para las remuneraciones y/o haberes que se devengaron a partir del 1° de octubre de 2023 y hasta aquellas percibidas al 31 de diciembre de 2023, inclusive, rige el decreto 473/2023 y las normas dictadas en su consecuencia.

Se recuerda que de manera excepcional, para el período fiscal 2023, los agentes de retención practicarán la liquidación anual hasta el 31 de julio de 2024, inclusive.

El importe determinado será retenido o, en su caso reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive.