Decreto 886/21

La norma reduce en forma gradual la doble indemnización. En consecuencia en caso de despido sin causa el trabajador le corresponde percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, un incremento equivalente al 75% de aquella, desde el 1 de enero y hasta el 28 de febrero; del 50% a partir del 1 de marzo y hasta el 30 de abril y del 25% desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio de 2022

Asimismo, la norma mantiene el tope de $500.000 para el incremento, como así también el universo de empleados alcanzados es decir, aquellos que fueran contratadas antes del 13 de diciembre del año 2019.

Por otro lado, cabe destacar que el Decreto 886/2021 no extiende la prohibición de despidos. Por tal motivo, a menos que se publique una normativa sobreviniente, dicha prohibición finalizaría a partir del 1 de enero de 2022.