La AFIP habilita el sistema para tramitar el beneficio hasta el 8 de enero de 2021
Por medio de la RG (AFIP) 4893, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha (29-12), la AFIP habilitó el sistema web para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada y los REPRO II.
Los empleadores registrados en el Programa ATP podrán iniciar el procedimiento en la página web de AFIP entre el 30 de diciembre de 2020 y hasta 8 de enero de 2021, ambas fechas inclusive.