La AFIP habilita el sistema para tramitar el beneficio hasta el 6 de diciembre. Período devengado noviembre 2020

Por medio de la RG (AFIP) 4870, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, la AFIP habilitó el sistema web para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada y los REPRO II.
Los empleadores registrados en el Programa ATP podrán iniciar el procedimiento en la página web de AFIP entre el 1 y 6 de diciembre, inclusive.