El Gobierno Nacional, a través del Decreto 891/2020, prorrogó por otros 60 días la prohibición de los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, que vencía el 30 de noviembre.
De esta forma, la normativa se extiende hasta el 29 de enero de 2021. Quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.
Este marco incluye a todos los trabajadores a excepción de los contratados con posterioridad a la publicación. Cabe destacar que las prohibiciones previstas en este decreto no serán de aplicación en el ámbito del Sector Público Nacional