Adecuaciones a la línea de financiamiento para la inversión productivo de MIPYMES
El organismo, mediante la Comunicación A 7161, dispone que a partir del 13 de noviembre de 2020 podrán computarse para la línea de financiamiento para la inversión productiva de MIPYME las financiaciones que se otorguen a micro, pequeñas y medianas empresas que con posterioridad al 19 de marzo de 2020 hayan importado bienes de consumo finales.
Asimimo, admite con vigencia también a partir del 13 de noviembre de 2020 como financiaciones elegibles especiales la incorporación mediante cesión o descuento de las financiaciones previstas para proyectos de inversión y capital de trabajo. Para ello, deberán cumplir las condiciones establecidas en las normas y contar con un informe especial de auditor externo de la entidad financiera que otorgo las financiaciones.
Finalmente detalla las financiaciones que se encuentran admitidas y aquellas que se excluyen y las condiciones que se deberán verificar.