Nuevo cronograma para la implementación

La medida ofrece más tiempo a todos los contribuyentes que todavía no estaban obligados a la registración electrónica de las operaciones.

La Resolución General 4796 establece un nuevo cronograma de implementación del Libro de IVA Digital tanto para responsables inscriptos como exentos en IVA.

Deberán utilizar el servicio los contribuyentes categorizados como responsables inscriptos en IVA que utilizan el Régimen de Información de Compras y Ventas con anterioridad al 1° de octubre de 2019 y que en 2018 hayan facturado dentro de los siguientes rangos:

  • Entre $ 2.000.000 y $ 5.000.000 a partir del período septiembre de 2020.
  • Entre $ 5.000.000 y $ 10.000.000 a partir del período octubre de 2020.
  • Superior a $ 10.000.000 a partir del período noviembre de 2020.

El resto de los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado quedan obligados a utilizar el servicio en el período diciembre de 2020.

Finalmente, aquellos contribuyentes que estén categorizados como responsables exentos ante el impuesto al valor agregado comenzarán a cumplir con la obligación a partir de enero de 2021.

Fuente: Resolución General N° 4796/2020