AFIP – Extienden plazos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los plazos para adherir a la moratoria y a los beneficios para contribuyentes cumplidores, hasta el 31 de marzo próximo y a la condonación de deudas, hasta el 16 de ese mes.
La decisión de extender los plazos fue establecida a través de la Resolución General 5157/22, publicada en Boletín Oficial de fecha 25 de febrero del corriente.
- CONDONACIÓN DE DEUDAS: abarca deudas inferiores a $ 100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME. También pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro.
Para realizar el trámite deberán ingresar a la Web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653”, con clave fiscal nivel de seguridad 3.
Si la AFIP detecta inconsistencias o falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 16 de marzo.
- MORATORIA: el plan de regularización de deudas forma parte de los beneficios previstos en la ley de alivio fiscal. La primera cuota vencerá el 16 de abril y las subsiguientes los días 16 de cada mes.
El plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021.
Los deudores en concurso preventivo podrán adherirse a la moratoria hasta el 31 de marzo.
Los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 31 de marzo para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.