Banco Central de la República Argentina – Comunicación “A” 6681

Los bancos no pueden cobrar comisiones por operaciones en ventanilla a las pequeñas y medianas empresas registradas como tales. 

En la normativa se aclara que “no podrán aplicarse comisiones a las operaciones efectuadas por ventanilla por los usuarios de servicios financieros que sean personas humanas ni a los depósitos de efectivo en pesos en cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas que revistan el carácter de micro, pequeñas o medianas empresas (MiPyME), con el alcance previsto en el punto 2.3.2.2. de las normas sobre Protección de los usuarios de servicios financieros”.

Ante dudas surgidas entre los asociados y sus pymes por el accionar de los bancos, es importante estar en conocimiento de esta disposición que protege al sector de un nuevo costo financiero en un contexto complejo.