La Jefatura de Gabinete de Ministros publicó la Resolución que establece por única vez la obligación de renovar los certificados de firma digital.

Para proceder a su renovación, los certificados deben encontrarse vigentes.

La solicitud de la renovación del certificado digital debe ser realizada por los suscriptores utilizando su certificado de firma digital vigente.

Los suscriptores deben contar con el dispositivo criptográfico de hardware (token) que tiene alojada su clave privada.

Los suscriptores deben conocer el PIN de su token.

Se deben mantener los mismos datos del suscriptor contenidos en el certificado original.

Los nuevos certificados deberán al vencimiento ser renovados siguiendo lo establecido por la Política Única de Certificación v3.0. para la Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN o la que en el futuro la reemplace.

Esta medida entrará en vigor a partir del 18 de septiembre de 2020 

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